En nuestra experiencia de los últimos años como Perito de Inundaciones venimos atendiendo Siniestros producidos por inundaciones producidas principalmente por fenómenos atmosféricos adversos generados por DANA, en zonas de alta siniestralidad.
En la actualidad atendemos dichos Siniestros como Perito de Seguros del Asegurado a través del Art. 38 de la ley de Contrato del Seguro para llevar a cabo RECLAMACIÓN AL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.
Si uds. tienen un siniestro de inundación en su vivienda, local, industria, ect., desean otra opinión distinta del Perito del Consorcio, actuaremos como Perito del Asegurado en defensa de sus intereses, no dude en ponerse en comunicación con nosotros. Le ayudaremos para que en función de la Póliza contratada uds. puedan obtener la Indemnización más favorable.
Las actuaciones a realizar serían las siguientes:
- Verificación de los daños con inspección en el lugar del siniestro.
- Estudio de la Póliza contratada con su seguro.
- Nombramiento de Perito del Asegurado ante el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Dictamen Pericial.
- Acta de Acuerdo con el Perito del Consorcio. Llegado a este punto y en caso de no ser impugnados los Dictámenes Periciales, el Consorcio procederá al pago de la Indemnización en el plazo máximo de 5 días.
Podemos por lo tanto adaptarnos a sus exigencias en tanto Uds. deseen solamente un asesoramiento con la comprobación de presupuestos y el estudio de la Póliza contratada, o bien, una actuación completa con nombramiento y Dictamen Pericial.