Archivo por meses: diciembre 2021

El Perito del Asegurado

Sabia Ud. que en el momento de producirse un siniestro ya sea en su vivienda, edificio, local, Industria, vehículo, ect. puede de forma arbitraria elegir un perito por su cuenta para que de forma paralela a la Cia de Seguros le asesore, dirija, lleve labores en común con el Perito que envía la Cia de seguros e incluso realice Informe Técnico que podría ser contradictorio con el realizado por la Cia. en defensa de sus intereses.

Todo esto está regulado por el Art. 38 de la ley del Contrato de Seguros, R.D. 50/1980 en el que se expone todas las actuaciones que el Perito de Seguros puede llevar a cabo con objeto de determinar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las coberturas de las garantías contratadas en la Póliza y determinar la Propuesta de Indemnización por parte de la Cia. de Seguros. En caso de divergencia con el dictamen de la Cia., se podrá llevar a cabo un Informe contradictorio por parte del Perito que haya designado ud., teniendo que emitir un Acta de Conformidad o de no conformidad con el Perito de la Cia. de Seguros.

En caso de Acta de no conformidad se elegirá entre ambas partes, Asegurado y Aseguradora un tercer Perito, quien emitirá Acta de todas las circunstancias tenidas en cuenta y dictamen de resolución.

En caso de que se encuentre en alguna de estas situaciones, no dude en contactar con nosotros a través del Tlfn. o Email indicados.